Kitabı oxu: «Sacrilegio y redención en la Florencia del Renacimiento»
SACRILEGIO Y REDENCIÓN
EN LA FLORENCIA
DEL RENACIMIENTO
EL CASO DE ANTONIO RINALDESCHI

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Obra original: Sacrilege and redemption in renaissance Florence: the case of Antonio Rinaldeschi, Toronto, Centre for Reformation and Renaissance Studies, Revised 2nd edition, 2008.
© del texto: los autores, 2008
© de esta edición: Universitat de València, 2019
© de la traducción española: Eduardo F. Gutiérrez con revisión de Marcelo Alberto Barbuto, 2017
Coordinación editorial: Maite Simon
Maquetación: Celso Hernández de la Figuera
Cubierta:
Ilustración: Filippo Dolciati, La historia de Antonio Rinaldeschi (1501). Museo Stibbert, Florencia
Diseño: Celso Hernández de la Figuera
Corrección: Iván Martínez Navarro
ISBN: 978-84-9134-467-4
En memoria de Olivia Remie Constable (1960-2014)
ÍNDICE
Prefacio
Prefacio a la edición española
Nota sobre el calendario
Nota sobre el sistema monetario
CAPÍTULO 1. EL ACUSADO Y SUS DELITOS
CAPÍTULO 2. LA NATURALEZA DEL DELITO
CAPÍTULO 3. EL CONTEXTO HISTÓRICO DEL DELITO
Apéndice gráfico
Apéndice documental
I. Sentencia de los Otto di Guardia contra Antonio Rinaldeschi
II. «Narratione dello excesso del Rinaldesco» en el libro «Entrata, uscita debitori, creditori e ricordanze» de la opera de la Madonna de’ Ricci
III. Anotación en el registro de la Compagnia dei Neri (I)
IV. Anotación en el registro de la Compagnia dei Neri (II)
V. El relato de los hechos en el Diario de Luca Landucci
VI. El relato de los hechos en una antología del siglo XVII de Carlo Strozzi
VII. Nota copiada en 1630 de un priorista que pertenecía a Matteo Segaloni
VIII. Pagos realizados al pintor Filippo Dolciati en el libro de «Entrata, uscita, debitori, creditori, e ricordanze» de la opera de la Madonna de’Ricci
IX. Acta que certifica la decisión de la opera de contratar al arquitecto Baccio d’Agnolo para construir un nuevo oratorio para la Madonna de’Ricci
X. La versión de los hechos en Ferdinando Leopoldo Del Migliore: en su Firenze città nobilissima illustrata de 1684
XI. Testamento de Giovanni Rinaldeschi, padre de Antonio, año 1499
Fuentes y bibliografía
Índice onomástico
ABREVIATURAS
| ASF | Archivio di Stato, Florencia |
| APTPS | Archivio della Provincia Toscana dei Padri Scolopi, Florencia |
| BANC | Bancroft Library, University of California, Berkeley |
| BNCF | Biblioteca Nazionale Centrale, Florencia |
| CS | Carte strozziane |
| DBI | Dizionario biografico degli italiani |
| GDLI | Grande dizionario della lingua italiana |
| NA | Notarile antecosimiano |
| OGB | Otto di Guardia e balìa. Periodo republicano |
| PR | Provvisioni [‘Resoluciones’]. Registri [‘Registros’] |
PREFACIO
Una primera versión de la presente investigación acerca de los eventos que rodearon los graves delitos que cometiera Antonio Rinaldeschi, así como su condena a muerte, fue publicada en Journal of the Warburg and Courtauld Institutes en 1998.1 Desde ese momento el texto ha tenido una repercusión mucho más importante de la esperada para un ensayo publicado en una revista académica: fue mencionado en la revista New Yorker en un artículo sobre la historia de las apuestas y los juegos de azar,2 un escritor californiano anunció que incluiría el caso Rinaldeschi en una novela que publicaría en una importante editorial de Nueva York y hemos llegado incluso a recibir un mail de un estudiante de teatro de Arizona que quería saber nuestra opinión –que obviamente fue favorable– acerca de su idea de escribir una obra de teatro sobre los eventos que aquí se relatan. Así mismo, nuestro trabajo también fue elogiado por otros historiadores: el profesor Nicholas Eckstein de la University of Sydney realizó un importante comentario en el artículo introductorio a una edición especial del Journal of Religious History,3 y queremos agradecer especialmente al profesor Oleg F. Kudriavtsev, del Instituto de Relaciones Internacionales de la Universidad Estatal de Moscú (mgimo-University), dependiente del Ministerio de Relaciones Internacionales de Rusia, por haber escrito una extensa y minuciosa reseña de nuestro artículo.4
Gran parte del material que no nos había sido posible incluir por razones de espacio en la primera versión del texto, afortunadamente fue incluido (junto con la actualización de una buena parte de su contenido) en la versión que publicáramos en la colección Essays and Studies del Centre for Reformation and Renaissance Studies (crrs) de Toronto en 2005.5 Por lo tanto, nos complace enormemente tener ahora la posibilidad de presentar una versión más acabada si cabe de esta investigación, que incluye además ilustraciones en color de la pintura de Filippo Dolciati Storia di Antonio Rinaldeschi, restaurada entre 2005 y 2006 por el Museo Stibbert de Florencia.
Como ejemplo de lo que Robert Darnton denominara hace algunos años «incident analysis» [el análisis de un caso particular]6 estamos convencidos de que el caso de Antonio Rinaldeschi ofrece una mirada particularmente reveladora sobre los valores e intereses culturales, políticos y religiosos que interactuaban en Florencia a finales del siglo XV y a principios del siglo XVI. Si bien hemos utilizado una amplia gama de fuentes, tanto escritas como orales, hemos decidido dar mayor relevancia a la documentación relativa al periodo anterior a la época de los eventos aquí narrados, considerando que era el material que mejor podía brindarnos una idea más acabada y completa de los procedimientos legales, así como de las tradiciones y de los sentimientos que permiten explicar los diferentes aspectos de este caso. Una cuestión que particularmente hemos decidido no abordar aquí es la controvertida relación entre la fe religiosa y la veneración de imágenes y reliquias en el ámbito de la Reforma protestante. En las últimas décadas una gran cantidad de estudios se han dedicado a analizar la iconoclastia protestante.7 Quienes se dedican a investigar el periodo que va de los siglos XV al XVII continúan tratando de explicar si los ataques protestantes a las imágenes religiosas y el contemporáneo aumento de la veneración a las imágenes en la Europa católica deberían ser explicados como señales de una radical oposición entre ambas formas de religión o si, por el contrario, serían solo dos síntomas de una misma y profunda crisis en la cultura europea ante la emergencia de nuevas formas de representación y de lo que en ocasiones ha sido llamado, no del todo felizmente, «teoría de la reproducción», término que incluiría fenómenos como el redescubrimiento renacentista de la perspectiva lineal y el desarrollo de la imprenta.8 Al estar involucrada la suerte de una pintura, creemos que la historia de la profanación que cometiera Antonio Rinaldeschi nos proporciona material más que relevante para continuar analizando este interrogante. Como hemos demostrado en esta investigación, gran parte de lo que es excepcional en este caso, desde la ejecución de Rinaldeschi hasta las cualidades milagrosas de la pintura que él dañara, solo puede explicarse por la exacerbada obsesión que se tenía por las imágenes religiosas en Florencia en el periodo posterior a la caída del régimen de Savonarola. Sin embargo, nuestro objetivo principal en este estudio no ha sido establecer un patrón general a partir del caso florentino que pudiera ser extrapolado a otras situaciones históricas. Nos hemos propuesto, en cambio, realizar un análisis minucioso de las fuentes del caso Rinaldeschi con la intención de mejorar nuestro conocimiento sobre Florencia en la época en la que Rinadeschi vivió y llegó a cometer semejante delito, como también acerca de las circunstancias que contribuyeron decididamente para que fuera, finalmente, condenado a muerte.
Este proyecto comenzó a gestarse durante un almuerzo en el Institute for Advanced Study en Princeton. Aquel día, mientras Connell le contaba a Constable una curiosa historia que había leído en un manuscrito de la Bancroft Library de Berkeley, este, a su vez, casualmente, le hablaba a Connell sobre una peculiar pintura que había tenido oportunidad de ver en el depósito del Museo Stibbert de Florencia, y que además trataba de un asunto similar. Si bien ambos autores han participado en la elaboración de todo el texto, Connell, especialista en Historia de Florencia y en el Renacimiento italiano, se ha encargado de manera especial de los capítulos 1 y 3, mientras que Constable, especialista en Historia de la Edad Media, se ha encargado del capítulo 2.
Entre los amigos y colegas que han colaborado en la realización de esta investigación que aborda diferentes niveles de análisis merecen un agradecimiento especial, además de aquellos mencionados en las notas respectivas, Candace Adelson, Kirsten Aschengreen Piacenti (por habernos permitido publicar las fotografías en color de la colección Stibbert), la siempre recordada y lamentablemente fallecida Elizabeth Beatson, Amy Bloch, el lamentablemente fallecido Dwayne Carpenter, Gino Corti (quien ha controlado varias de las transcripciones que aquí se publican), Gregory Hanlon, Rab Hatfield, Richard Jackson, Jennifer Jamer (por su colaboración en la confección del index), Christiane Klapisch-Zuber, Irving y Marilyn Lavin (por sus útiles observaciones sobre de la pintura Stibbert), el lamentablemente fallecido Hubert Mordek, John Najemy, Michael Rocke (por habernos proporcionado las fotografías de las actas del juicio de Rinaldeschi ante los Otto di Guardia), Frederick Russell, los padres de la Orden de los Escolapios de Florencia (por habernos permitido consultar sus archivos), Nikki Shepardson y Patricia Woolf (por habernos ayudado con el título y por otras tantas sugerencias) y, finalmente, Andrea Zorzi. Quisieramos también expresar nuestro agradecimiento a los editores del Journal of the Warburg and Courtauld Studies por habernos autorizado a publicar nuevamente aquellas partes de la investigación que ya habían sido publicadas, y especialmente a Konrad Eisenbichler y a los anónimos evaluadores del Centre for Reformation and Renaissance Studies por sus útiles consejos y sugerencias.
Así como sucediera con el artículo, también la publicación del libro en 2005 fue recibida con gran entusiasmo por los lectores. En el año 2008 se publicó una segunda edición, revisada y aumentada.9 Estamos así mismo profundamente agradecidos a los traductores y editores de las ediciones italiana,10 rusa11 (a quienes además queremos agradecer sus importantes sugerencias) y rumana,12 por haber invertido su tiempo y sus energías en la elaboración de dichas traducciones.
1. W. J. Connell y G. Constable: «Sacrilege and Redemption in Renaissance Florence», Journal of the Warburg and Courtauld Institutes, 61, 1998, pp. 53-92.
2. R. Jay: «The Story of Dice», The New Yorker Magazine, 72 (11 de diciembre de 2000), pp. 91-95.
3. N. A. Eckstein: «Words and Deeds, Stasis and Change: New Directions in Florentine Devotion Around 1500», Journal of Religious History, vol. 28, n.º 1, 2004, pp. 1-18 (esp. pp. 9-10). Véase también E. S. Cohen y T. V. Cohen: Daily Life in Renaissance Italy, Westport, Greenwood Press, 2001, p. 281.
4. O. F. Kudriavtsev: «Renessansnaia Florentsiia v neprivychnom aspekte: prestuplenie i nakazanie Antonio Rinaldeski», en Dialog so vremenem: almanakh intellektualnoi istorii, 6, 2001, pp. 371-378. Véase también la reseña de James Banker (The Journal of Modern History, vol. 80, 3, 2008, pp. 683-684).
5. W. J. Connell y G. Constable: Sacrilege and redemption in renaissance Florence: the case of Antonio Rinaldeschi, Toronto, Centre for Reformation and Renaissance Studies, 2005.
6. R. Darnton: «It Happened One Night», New York Review of Books, vol. 51, 11 (24 de junio de 2004), pp. 60-64.
7. P. Mack Crew: Calvinist Preaching and Iconoclasm in the Netherlands, 1544-1569, Cambridge, Cambridge University Press, 1978; C. Eire: War Against the Idols: The Reformation of Worship from Erasmus to Calvin, Cambridge, Cambridge University Press, 1986; M. Warnke: «Durchbrochene Geschichte? Die Bilderstürme der Widertäufer in Münster 1534/35», en M. Warnke (ed.): Bildersturm. Die Zerstörung des Kunstwerks, Frankfurt a. M., 1988, pp. 65-98; L. P. Wandel: Iconoclasm in Reformation Zurich, Strasbourg and Basel, Cambridge, Cambridge University Press, 1995, y los textos publicados en P. Blickle, A. Holenstein, H. R. Schmidt y F.-J. Sladeczek (eds.): Macht und Ohnmacht der Bilder. Reformatorischer Bildersturm im Kontext der europäischen Geschichte, Múnich, Oldenbourg, 2002.
8. Véase, por ejemplo, H. Belting: Likeness and Presence: A History of the Image before the Era of Art (trad. de E. Jephcott), Chicago, University of Chicago Press, 1994, y L. Dupré: Passage to Modernity: An Essay in the Hermeneutics of Nature and Culture, New Haven, Yale University Press, 1993. Compárese con la concepción de las obras religiosas en el luteranismo en J. L. Koerner: The Reformation of the Image, Chicago, University of Chicago Press, 2004. Acerca de los nuevos santuarios y sitios de peregrinación, muchos de ellos creados en torno a pinturas o estatuas, véase L. Rothkrug: «Popular Religion and Holy Shrines», en J. Obelkevich (ed.): Religion and the People, 800-1700, Chapel Hill, University of North Carolina Press, 1979, pp. 20-86; ibíd., Religious Practices and Collective Perceptions: Hidden Homologies in the Renaissance and Reformation, en Historical Reflections/Reflexions historiques, 7, p. 1, Waterloo, University of Waterloo, 1980; y véase también S. D. Sargent: «A Critique of Lionel Rothkrug’s List of Bavarian Pilgrimage Shrines», Archiv für Reformationsgeschichte, 78, 1987, pp. 351-358 (esp. p. 358), y la información preliminar sobre Italia proporcionada en G. Cracco (ed.): Per una storia dei santuari cristiani d’Italia: approcci regionali, Bolonia, Il Mulino, 2002.
9. W. J. Connell y G. Constable: Sacrilege and Redemption in Renaissance Florence: the Case of Antonio Rinaldeschi, Toronto, Centre for Reformation and Renaissance Studies, 2005 (2.ª ed., corregida y aumentada, 2008).
10. W. J. Connell y G. Constable: Sacrilegio e redenzione nella Firenze rinascimentale: il caso di Antonio Rinaldeschi, trad. italiana de Simona Calvani, Florencia, Polistampa, 2006. Véanse las positivas e interesantes reseñas críticas de Giovanni Ciapelli (Rivista di storia della Chiesa in Italia, 63, 2, 2009, pp. 557-559) y Andrea Martignoni (Cahiers de recherches médiévales et humanistes / Journal of Medieval and Humanistic Studies, on-line, 2006).
11. W. J. Connell y G. Constable: Sviatotatstvo i vozdaianiia v renesansnoi Florentsii, trad. rusa de Mark Youssim, Moscú, Canon+, 2010.
12. W. J. Connell y G. Constable: Sacrilegiu şi răscumpărare în Florenţa renascentistă. Cazul lui Antonio Rinaldeschi, trad. rumana de Teodora Cărăuşu, pref. de Gheorghe Lencan Stoica, Iaşi, Institutul European, 2011.
PREFACIO A LA EDICIÓN ESPAÑOLA
Después de leer una reseña a nuestro Sacrilege and Redemption in Renaissance Florence de 2005, publicada en Times Literary Supplement,1 una editorial de España se mostró interesada en publicar la versión española del libro. En aquel momento, quizá no del todo acertadamente, tomamos la decisión de dejar que las conversaciones las llevará adelante un agente literario. Es posible que la respuesta de nuestro representante no fuera del agrado del editor español, puesto nunca volvió a mostrarse interesado en el proyecto.
Desde ese momento, nuestro pequeño libro, que tanto placer nos ha dado escribir y que evidentemente también muchos otros han encontrado más que interesante de leer, ha disfrutado de una importante repercusión internacional:2 se han publicado las traducciones italiana, rusa y rumana, así como la segunda edición revisada y ampliada en inglés, edición sobre la que se basa la presente traducción española,3 y ya hemos acordado la publicación de la traducción persa.4
Es motivo de gran satisfacción, por lo tanto, para nosotros poder contar finalmente con la versión española de Sacrilege and Redemption y poder así compartir el texto con nuestros colegas del mundo hispanohablante. Si bien el texto es básicamente el mismo de la segunda edición de 2008, hemos actualizado algunas citas y referencias bibliográficas, así como también, y quizá este sea el cambio más relevante, hemos incorporado el elenco bibliográfico. De esta manera, esperamos servir de ayuda a aquellos investigadores que estén trabajando en temas afines. Por otra parte, somos del todo conscientes de que, desde que nuestro libro fuera publicado, la investigación sobre las dimensiones sociales de las pinturas medievales y renacentistas ha sufrido una expansión sin precedentes, movimiento crítico que es imposible, por cierto, condensar en su totalidad en el elenco bibliográfico que aquí se presenta.5
Quisiéramos agradecer en primer lugar los muy útiles comentarios y sugerencias que hemos recibido de Jorge Velázquez Delgado (Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa de México), quien ha publicado un resumen del caso Rinaldeschi basándose en nuestro libro,6 de Luis Ramos-Alarcón (Universidad Nacional Autónoma de México) y de Miguel Saralegui Benito (Ikerbasque-UPV), quien fuera de gran ayuda en la realización de una primera versión española de este texto.
La presente traducción ha sido posible en buena medida gracias a la concesión de derechos que hicieran, por un lado, el editor original del texto, Centre for Reformation and Renaissance Studies de la Victoria University integrante de la University of Toronto, y por otro, el Museo Stibbert de Florencia, para que pudiéramos publicar nuevamente las imágenes en alta resolución de la pintura de Filippo Dolciati. Creemos importante señalar que nuestra identificación de Dolciati como el autor del panel Stibbert, junto con los datos biográficos que habíamos proporcionado, terminaron dando por resultado que se le atribuyera, básandonse en aspectos estilísiticos, una segunda pintura.7 Considerada hasta hace muy poco tiempo de autor anónimo, Supplizio di Savonarola (aquí reproducida en la figura 21) ha sido ahora atribuida a Dolciati, atribución con la que por cierto estamos completamente de acuerdo.
Vicent Olmos y José Luis Canet (Publicacions de la Universitat de València) se han ofrecido gentilmente a publicar nuestro libro, motivo por el que les estamos enormemente agradecidos.
Quisiéramos agradecer también a Eduardo F. Gutiérrez, de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá, la confección de un primer borrador de esta traducción. Finalmente, a Marcelo Barbuto por haber colaborado en la búsqueda de una editorial que pudiera, ahora sí, aceptar el proyecto de traducción, por haber revisado minuciosamente dicha primera versión española y haber sugerido algunas, si bien mínimas, modificaciones y actualizaciones de la edición inglesa publicada en 2008, y haber terminado de darle forma definitiva a la presente traducción.8
Esta traducción está dedicada a la memoria de la distinguida historiadora del Medioevo español, hija de Giles Constable y muy querida amiga de William Connell, Olivia Remie Constable, que lamentablemente nos ha dejado demasiado pronto.9
William J. Connell y Giles Constable
23 de agosto de 2017
1. A. Sooke: «Odour of sanctity», 24 de marzo de 2006, p. 36.
2. Véase N. Terpstra: «Body Politics: The Criminal Body between Public and Private», Journal of Medieval and Early Modern Studies, 45, 1, 2015, pp. 7-52. Véase, N. Terpstra, «Body Politics: The Criminal Body between Public and Private», Journal of Medieval and Early Modern Studies, 45:1, 2015, pp. 7-52. Veánse también las reseñas críticas de J. Solé: en Revue d’histoire ecclesiastique, 101, n. 2, junio de 2006, pp. 821-822; W. Monter: en Bibliothèque d’Humanisme et Renaissance, 68, n. 1, 2006, pp. 186-187; J. Murray: en Quaderni d’italianistica, 27, n. 1, 2006, pp. 125-126; T. Kuehn: en Renaissance Quarterly, 59, 3, 2006, pp. 853-854; W. Reinhard: en Historische Zeitschrift, 283, 2006, p. 766; G. Holmes: The English Historical Review, 22, 496, 2007, pp. 535-536; P. Maffei, en Zeitschrift der Savigny-Stiftung für Rechtsgeschichte. Kanonistische Abteilung, 93, 2007, pp. 504-505 y S. Dall’Aglio: The Sixteenth Century Journal, 39, 1, 2008, pp. 201-202.
3. Para la revisión y corrección de esta traducción se ha utilizado también la versión italiana: Sacrilegio e redenzione nella Firenze rinascimentale: il caso di Antonio Rinaldeschi (Florencia, Polistampa, 2006) [Nota del revisor, en adelante [N. del r.]
4. La traducción persa ha aparecido ya. William J. Connell y Giles Constable: توه ین به مقدسات و رستگانری در فلورانس عصر رنسانس، مورد آنتونیو نرینالدسکی, tr. Bahman Bolouk Nakhjiri, Colonia, Forough Publishing, 2018. [N. del r.]
5. Véase, por ejemplo, el catálogo de la excelente exposición realizada en el Fitzwilliam Museum de Cambridge: M. Corry, D. Howard y M. Laven (eds.): Madonnas and Miracles: The Holy Home in Renaissance Italy, Londres, Philip Wilson Publishers, 2017.
6. J. Velásquez Delgado: «El caso de Antonio Rinaldeschi», Casa del Tiempo, 11-12 (diciembre 2014 - enero 2015), pp. 11-15.
7. Véase L. Sebregondi y T. Parks (eds.): Denaro e bellezza: i banchieri, Botticelli e il rogo delle vanità, en Florencia-Milán, Giunti, Fondazione Palazzo Strozzi, 2011, pp. 250-251 y 255.
8. La denominación que se realiza de la lengua aquí utilizada como «española» responde a una petición expresa del autor. El traductor y el revisor prefieren la denominación «castellana». [N. del r.]
9. Profesora e investigadora de Historia en la University of Notre Dame (1995-2013). Directora del Robert M. Conway Medieval Institute desde el año 2009. De su relevante producción crítica destacan: Trade and Traders in Muslim Spain: the Commercial Realignment of the Iberian Peninsula, 900-1500, Cambridge, Cambridge University Press, 1994; Housing the Stranger in the Mediterranean World Lodging, Trade, and Travel in Late Antiquity and the Middle Ages, Cambridge, Cambridge University Press, 2003; Medieval Iberia: Readings from Christian, Muslim, and Jewish Sources, Filadelfia, University of Pennsylvania Press, 2011, 2.ª ed., y To Live Like a Moor: Christian Perceptions of Muslim Identity in Medieval and Early Modern Spain, en R. Vose (ed.), pref. de D. Nirenberg, Filadelfia, University of Pennsylvania Press, 2017. Véase, finalmente, el sentido recordatorio de M. Kowaleski, J. Van Engen y T. Ruiz (Speculum, 90/3, 2015, pp. 896-898).
NOTA SOBRE EL CALENDARIO
Durante el Renacimiento, en Florencia se utilizaba el calendario juliano: compuesto de 365 días, doce meses y un año bisiesto cada cuatro años. Sin embargo, al mismo tiempo, como en tantas otras zonas de Europa, en Florencia el año comenzaba el día 25 de marzo, día en que se celebraba la Anunciación a la Virgen María. De manera que los documentos florentinos fechados entre el 1 de enero y el 24 de marzo aparecen con el año anterior al que correspondería en el estilo moderno (calendario gregoriano). Por lo tanto, en el presente estudio hemos convertido todas las fechas según el estilo moderno. En el caso de las transcripciones de documentos cuyos años no coincidían con dicho estilo, se señalará la fecha en ambos estilos. Por ejemplo, si un documento está fechado el «10 de enero de 1497», y según el estilo moderno debería ser 1478, la fecha aparecerá como «10 de enero de 1497/8».
Con el fin de alcanzar una mayor precisión en la datación de documentos oficiales, tanto en Florencia como en gran parte de Europa, durante el Renacimiento se utilizaba un segundo método para medir el paso del tiempo: el sistema de indicción. De acuerdo con este sistema, cada año era numerado progresivamente del 1 al 15, para luego volver a comenzar desde el 1. En Florencia se seguía lo que se conoce como el sistema cesáreo de indicción, en el que el año de indicción se iniciaba el 24 de septiembre. La fecha del arresto y juicio de Rinaldeschi, 21 de julio de 1501, de hecho, debería ubicarse en el cuarto año de indicción, teniendo en cuenta que el quinto año de indicción comenzaba apenas dos meses después, el 24 de septiembre de 1501.1
1. Con respecto a la forma de medir las horas del día, véanse aquí pp. 30-31.
NOTA SOBRE EL SISTEMA MONETARIO
En Florencia, durante el Renacimiento, circulaban dos monedas. El florín de oro era utilizado por los comerciantes, en especial en el comercio internacional, mientras que las monedas de plata y cobre, conocidas como monete di piccioli, eran usadas sobre todo para las transacciones locales. Las unidades en las que se medían dichas transacciones eran «lira», «soldo» y «denaro»: la «lira» era el equivalente a 20 «soldi», y el «soldo» el equivalente a 12 denarios.
Hacia el año 1500 el florín de oro se convirtió en moneda corriente con un valor de aproximadamente 7 liras. Los florines de oro que circulaban en Florencia en los días en los que se desarrollan los eventos del caso Rinaldeschi, denominados fiorini larghi di oro in oro, comenzaron a circular en el año 1471. Su valor era un 20 % superior a los todavía en circulación fiorini di suggello (‘florines sellados’), llamados así porque venían en bolsas selladas por el Estado. Como parámetro puede tenerse en cuenta que el salario diario promedio para un trabajador no cualificado era de aproximadamente 9 soldos.1
1. Ya en el siglo XVI, una nueva moneda de oro, el ducado, llegó a tener una mayor circulación: su valor era casi equivalente al florín y podía cambiarse por unas 7 liras di piccioli.
1. EL ACUSADO Y SUS DELITOS
En el verano del año 1501, en la ciudad de Florencia, concretamente el día 11 de julio, un ciudadano llamado Antonio Rinaldeschi perdía una buena cantidad de dinero y varios objetos personales mientras apostaba en una taberna llamada El Ficho (‘La Higuera’). Al salir de la taberna, y mientras cruzaba la pequeña plaza frente a la iglesia de Santa Maria degli Alberighi maldiciendo a la Virgen, se detuvo y recogió del suelo un puñado de estiércol de caballo. Sobre una de las entradas laterales de la iglesia que daba a una estrecha callejuela de la plaza había una hornacina1 que contenía un affresco con la representación de la Anunciación de la Virgen, conocida como la Madonna o Santa Maria de’ Ricci.2 Rinaldeschi, entonces, enfurecido, arrojó el puñado de estiércol sobre el rostro de la Virgen y luego decidió abandonar la ciudad, refugiándose en una finca rural, en donde se supone que permaneció recluido durante varios días.
Probablemente, Rinaldeschi pensara que con el correr de las horas el estiércol que había arrojado sobre la pintura terminaría cayéndose y que, por tanto, nadie se enteraría de lo que había ocurrido. Pero no fue así. Restos del estiércol, que incluso parecían formar una cucarda de revoque o de yeso («quasi pareva una rosetta secha»), no solo no se desprendieron, sino que quedaron pegados a la diadema o corona de la Virgen, por detrás de su cuello. Como era de esperar, la pintura profanada llamó la atención de todo el mundo; incluso el propio arzobispo acudió en persona para observar lo que había ocurrido. Y delante de la pintura, que en poco tiempo se convertiría en objeto de devoción popular, se colocaron de inmediato cirios e imágenes sagradas.
Mientras tanto, los Otto di Guardia se encargaron de llevar adelante la investigación para encontrar al culpable.3 Quizá fuera después de realizar las pesquisas correspondientes en El Ficho, y de haber conocido el testimonio de un niño que había presenciado el hecho, asegurando que el autor era un hombre adulto, cuando los Otto di Guardia comenzaran a sospechar que Rinaldeschi podía ser el autor de los hechos. Tras tomar declaración a todas las personas que le conocían, finalmente, algunos días después, se pudo dar, hay quien dice que milagrosamente, con el paradero de Rinaldeschi; se encontraba en el jardín del convento franciscano de San Francesco al Monte alle Croci. Al darse cuenta de que sería capturado, Rinaldeschi intentó suicidarse clavándose una daga en el pecho, pero la daga chocó contra una costilla, impidiendo así que pudiera quitarse la vida. Malherido, fue arrestado y se cree que fue encarcelado en el Palacio del Podestà o Bargello,4 donde fue interrogado por los Otto di Guardia el 21 de julio, probablemente a últimas horas de la tarde.
El acusado se declaró culpable y, según algunas fuentes, pidió que se le ejecutara de inmediato para evitar que el pueblo lo linchara. Temiendo precisamente que la multitud impidiera que la ejecución se realizara como era habitual, en las afueras de la ciudad, el reo, al que le fueron confiscadas sus propiedades, fue condenado a ser colgado de las ventanas del propio Bargello esa misma noche. Después de confesarse con un sacerdote y recibir la absolución, miembros de la Compagnia dei Neri, la confraternidad que acompañaba a los condenados en sus ejecuciones, lo escoltaron hasta una de las ventanas del palacio, donde fue finalmente ahorcado. Su cuerpo permaneció colgado hasta el mediodía del día siguiente. El día 22 de julio el Podestà había organizado en Florencia una serie de procesiones, campanadas y una carrera de caballos con motivo de la festividad de Santa Maria Maddalena, por tanto, según una fuente, ese día fue «doppia festa». Esa misma mañana, y dado que ya no era necesario conservar la prueba del delito, el vicario del arzobispo ordenó limpiar la pintura. Es posible que la tarea no se realizara adecuadamente, puesto que parecía como si la rosetta de estiércol siguiera allí o que hubiera reaparecido como segno de la profanación. Finalmente, más tarde, aquel mismo día, el cuerpo de Rinaldeschi fue descolgado y enterrado.
La reconstrucción de los hechos que acabamos de presentar ha sido posible gracias al hallazgo de una serie de fuentes extremadamente relevantes. La sentencia original de los Otto di Guardia contra Rinaldeschi, en la que se describe cómo se desarrollaron los hechos, se conserva actualmente en el Archivio di Stato de Florencia (figura 11).5 Es importante señalar que el manuscrito permite reconocer que el texto fue escrito de un modo apresurado, hecho que reflejaría muy probablemente la urgencia con la que los Otto di Guardia se vieron obligados a redactar la sentencia durante la misma madrugada del día 22. Junto a la sentencia, además, puede verse un informe oficial de la ejecución de Rinaldeschi. Este texto guarda cierto interés porque nos permite observar cómo el copista se aparta intencionalmente del modo habitual de registrar la ejecución de una sentencia. Era habitual que el cumplimiento de los términos de una sentencia quedara registrado con la palabra paghò en el margen del acta judicial respectiva. En este caso, sin embargo, junto al nombre de Rinaldeschi, el copista anotó «paghò contanti» (‘pagó en efectivo’), que no era sino una manera de dejar bien en claro que Rinaldeschi había recibido el castigo «que se tenía más que merecido».6
El relato de los hechos relativos a la profanación del affresco de Madonna de’ Ricci y a la ejecución de Rinaldeschi se encuentra también en el llamado codex Sanminiatese, que está formado por los registros que realizara la Compagnia dei Neri de todas las condenas a muerte ejecutadas en Florencia entre los años 1423 y 1759.7 La ejecución y el entierro de Rinaldeschi son descritos en al menos dos versiones distintas en otros registros de la Compagnia dei Neri.8
Podemos encontrar también otra descripción del caso Rinaldeschi en el libro de cuentas que Giovanni Landi redactara para una opera (una asociación de fieles), creada por el rector y los miembros más importantes de la parroquia de Santa Maria degli Alberighi con el objetivo de promover el culto a la pintura profanada.9 La primera anotación del libro es del 26 de julio de 1501, apenas cuatro días después del ejecución de Rinaldeschi y es un fiel testimonio de la rapidez con la que los miembros de la opera intentaron aprovechar el incidente. El registro, actualmente propiedad de la Bancroft Library de la University of California (Berkeley), contiene, si bien con algunos intervalos, anotaciones que llegan hasta el año 1542. Por otra parte, algunos pasajes de otros dos libros de cuentas, actualmente perdidos, que en algún momento pertenecieron a la opera, fueron publicados por el anticuario del siglo XVIII Giuseppe Richa.10
Descripciones adicionales del caso Rinaldeschi aparecen también en un pasaje fechado el 21 de julio de 1501, copiado en 1630 de un priorista11 que pertenecía en ese momento a Matteo Segaloni. Este pasaje nos brinda un detalle inédito que no aparece en ninguna otra fuente: Rinaldeschi, en realidad, no habría podido abandonar la ciudad porque padecía los dolorosos síntomas de la sífilis.12 El caso de Rinaldeschi también aparecerá descrito en el Diario de Luca Landucci, que luego copiará para su propio Diario, con pocas diferencias, Agostino Lapini. También lo copiará Carlo Strozzi, para incluirlo en su compilación de documentos relativos a las iglesias, monasterios, hospitales y confraternidades de Florencia. De acuerdo con el relato de Landucci, después de que un niño presenciara el crimen, el culpable fue codiato (‘perseguido’) y arrestado ese mismo día.13
En cualquier caso, sin embargo, la fuente más importante del incidente es sin duda una pintura, que se encuentra en el Museo Stibbert de Florencia y que representa en nueve paneles los eventos que llevaron a la muerte de Rinaldeschi (figuras 1-10).14 Es importante señalar que esta excepcional pintura no debería ser entendida como un ejemplo más de la tradición de las pitture infamanti [‘denigratorias’] (retratos públicos y semioficiales de famosos delincuentes que eran representados en las paredes de las sedes del gobierno de la ciudad [figura 12]),15 sino más bien, como veremos, como una suerte de crónica de una cause célèbre que terminaría inspirando un culto popular. Por ejemplo, si observamos el último panel, veremos que en el centro no nos encontramos con el cuerpo de Rinaldeschi, sino con el enfrentamiento entre ángeles y demonios que luchan por su alma junto a la inscripción «SIGNIOR MIO GIESV CHRISTO AB(B)I MISERICHORDIA DE L’ANIMA MIA» (figura 9).16 Según el equipo encargado de realizar la más reciente restauración de la pintura, entre 2005 y 2006, esta sería la única inscripción original.17 Las otras inscripciones fueron agregadas en los siglos XVII o XVIII, probablemente en la medida en que se iba perdiendo el recuerdo de los hechos y se iba haciendo cada vez más necesario, por tanto, tener algún registro escrito que ayudara a entenderlos.18 La pintura, que tiene casi el aspecto de una tira cómica, algo por cierto poco habitual aunque no sin precedentes en la época,19 ha atraído considerable atención en los últimos años, incluso en la denominada prensa sensasionalista.20 Se ha destacado de la pintura el cuidado con el que se retratan algunos aspectos de la vida cotidiana, como por ejemplo la cocina de la taberna (y, efectivamente, la taberna «El Ficho» estaba ubicada muy cerca de la iglesia),21 así como las calles y las edificaciones. Es muy probable, por cierto, que el erudito florentino Iodoco del Badia, en su edición del Diario de Landucci de 1883, se estuviera refiriendo a la pintura Stibbert cuando afirmaba que del caso Rinaldeschi «si è conservata la memoria fino ai moderni tempi, esponendosi tutti gli anni in quel giorno, sotto le loggie della Chiesa della Madonna de’ Ricci, un’antica tavola appresentante il fatto» [ʿaún hoy se recuerda, puesto que todos los años, ese día, se expone bajo el pórtico de la Iglesia de la Madonna de’ Ricci un antiguo cuadro que reproduce los hechos’.]22
Es importante destacar que la pintura relata los hechos de una manera muy particular. Las tres escenas del nivel superior presentan el desarrollo de la acción de derecha a izquierda, en contra de la dirección de los paneles, mientras que en los otros dos niveles el desarrollo de la acción va de izquierda a derecha, en la misma dirección de los paneles. Este hecho se explicaría teniendo en cuenta que la valoración que se hace de las acciones de Rinaldeschi en cada caso es distinta: en los paneles del nivel superior es representado como un mal hombre que ha sido tentado por el diablo, mientras que en los paneles de los niveles medio e inferior los demonios han sido expulsados y han sido reemplazados por ángeles. Podríamos decir, pues, que en el nivel superior se representaría el pecado de Rinaldeschi, en el del medio su redención y, finalmente, en el nivel inferior su salvación.
Como bien se recordará, el camino que va del pecado a la salvación es la secuencia natural de la tradición del «Buen Ladrón»: de los dos ladrones que fueron crucificados con Cristo, el bueno se arrepintió y se le concedió la salvación eterna. Durante la Baja Edad Media, por cierto, las representaciones de esta tradición eran muy comunes. La pintura Stibbert, de hecho, especialmente en la última escena, con la plegaria que pareciera estar asegurando la salvación de Rinaldeschi, da muestras de estar muy influenciada por esta tradición.23 Sin embargo, es muy posible también que quien realizara la pintura se guiara al mismo tiempo por otros modelos iconográficos contemporáneos. Algunos de los paneles se asemejan a escenas de la vida de Cristo y de los santos, como por ejemplo San Pedro en la cárcel (figuras 6 y 13).24 Los paralelos cristológicos incluyen no solamente el arresto de Rinaldeschi en un jardín (figuras 4 y 14)25 y la herida sangrante que reaparece (quizá milagrosamente) en la última escena (figuras 4 y 9), sino también la soga que el mismo Rinaldeschi lleva en sus brazos (figura 8) y que probablemente sea la misma con la que será colgado en la siguiente escena, en la que la batalla entre los demonios y los ángeles parece representar el Juicio Final (figura 9). Entre otras características de la pintura, que abunda en tópicos iconográficos, están la pose contemplativa (imitando algunas personificaciones de la Filosofía) del jugador que se encuentra sentado a la derecha, que bien podría estar usando el manto que Rinaldeschi habría apostado y perdido en la taberna (figura 1); la inversión de las espadas cruzadas en el escudo (figura 4) y las que sostienen los ángeles (figura 9); el curioso sombrero de Rinaldeschi (figura 5), que parece una réplica en negro del sombrero rojo que lleva puesto uno de los oficiales, y finalmente el ángel que escolta a uno de los miembros de la Compagnia dei Neri (figura 8).
Si bien la pintura había sido no hace mucho tiempo atribuida al estudio del pintor Bartolommeo di Giovanni,26 con el descubrimiento del registro Berkeley, sin embargo, hay razones fundadas para suponer que su autor fuera en verdad Filippo di Lorenzo Dolciati, quien recibiera pagos por varios trabajos realizados en 1502, momento en el que se estaba construyendo el oratorio que serviría de marco a la pintura de la Virgen y que precisamente recibió el nombre de Santa Maria de’ Ricci o Madonna de’ Ricci en honor a la imagen profanada por Rinaldeschi. En realidad, originalmente, la imagen había sido ubicada en una hornacina que había sido encargada en el siglo XIV por Rosso de’ Ricci para la antigua iglesia de Santa Maria degli Alberighi (figura 22), y fue a raíz de esto que la esquina de esa calle comenzó a ser conocida como el «canto de’ Ricci».27 Con la rápida construcción del oratorio entre los años 1501 y 1502, por tanto, la opera buscaba crear un lugar apropiado para el culto de la Madonna. El pintor encargado del proyecto, Filippo Dolciati, recibió 12 liras el 24 de febrero de 1502 en concepto de las pinturas necesarias para el «soprac(c)ielo», una «spalliera» y tres «Profeti». El 24 de marzo recibió 7 liras por una predela que iba sobre el altar, una «Piatà» en la fachada del altar y otros tantos adornos, como estrellas de color azul y oro para el techo, así como 7 liras y 7 soldos en concepto de reembolso por la compra de otros elementos necesarios para realizar el trabajo.28 Es probable que la predela no fuera otra que la pintura Stibbert, que siendo un poco más alta de lo normal ocupara un espacio mayor al habitual entre la Madonna que se encontraba sobre el portal lateral de la iglesia y el propio portal.29 Si bien no conocemos con exactitud la fecha en la que la pintura Stibbert fue retirada de su posible ubicación original bajo la Madonna de’ Ricci, es probable que esto sucediera como consecuencia de las posteriores refacciones que sufriera el oratorio y que terminarían incorporando por completo a la originalmente lindante Iglesia de Santa Maria degli Alberighi. Por otra parte, si bien este hecho no aparece registrado en el libro de cuentas, es muy probable que Dolciati fuera contratado nuevamente para pintar la Madonna, como prueban los registros de un proceso judicial que se llevó a cabo en 1545.30 Por lo tanto, la fecha «21 luglio 1501», que aparece en el primer panel (figura 1), estaría haciendo referencia a la fecha en la que ocurrieron los hechos y no al momento en el que la pintura fue realizada, cuya probable datación corresponda al año siguiente, a 1502.31
En cuanto a Filippo Dolciati podemos suponer que no gozaba, por cierto, de gran prestigio. Hasta donde hemos podido saber se conocen solo dos obras de su autoría (figura 21), y no se sabe casi nada de su carrera artística.32 Sabemos que nació en 1443, que era hijo de un pintor, que se inscribió en la Compagnia di San Luca en 1460 y que murió en el año 1519.33 Es probable, en consecuencia, que Dolciati fuera uno de los tantos pintores profesionales especializados en imágenes sagradas que en la Florencia de la época eran llamados madonnieri. Es también probable que hubiera tenido algún tipo de vínculo de carácter familiar con la parroquia de Santa Maria degli Alberighi. Por un lado, los Dolciati eran propietarios de una de las viviendas que tuvo que ser derrumbada para construir el oratorio,34 y por otro lado los registros de la opera de la Madonna de’ Ricci mencionan la existencia de un mausoleo a nombre de Dolciati (fechado en 1533).35
Volviendo a la narración de los hechos, las versiones que encontramos en los diferentes documentos que hemos consultado no presentan importantes diferencias. No sería nada improbable, entonces, que quien redactara la sentencia oficial, pocos días despúes de la profanación, conociera el testimonio del párroco o de otros miembros de la comunidad eclesiástica, ya que las dos versiones, la sentencia latina de los Otto di Guardia (doc. I) y la narración en vernáculo que se encuentra en el libro de cuentas de la Opera (doc. II), son muy similares. La prueba más concluyente, de hecho, sería que mientras que en el libro de cuentas se afirma que el estiércol de caballo «rimase un pocho apichata nella (sic) diadema» [‘se quedó pegado a la diadema’], en el registro de los Otto di Guardia se dice que «parte dicti sterchoris, ut vulgariter dicitur [‘como se dice en lengua vernácula’], rimase un pocho apichato nella (sic) diadema».
Por tanto, el desacuerdo en las fuentes que hemos analizado es más bien mínimo. Aunque la sentencia de los Otto di Guardia, el libro de cuentas de la opera y la pintura Stibbert concuerdan en llamar «Antonio» al reo, Landucci lo llama «Rinaldo», una forma abreviada del apellido «Rinaldeschi», lo que demostraría que Landucci habría tenido conocimiento de esta historia de manera indirecta, gracias, por ejemplo, a que la noticia de los eventos se había difundido por las calles de Florencia. Sí hay cierta discrepancia en cuanto al nombre del padre de Antonio; mientras que en las actas de los Otto di Guardia aparece como «Giovanni» («Antonius Iohannis»), en la pintura su nombre es «Giuseppe». En cualquier caso, el texto de los paneles, como hemos mencionado, fue agregado probablemente mucho más tarde y hay pocos motivos para otorgarles alguna autoridad en esta cuestión. En todas las fuentes consultadas, por cierto, Rinaldeschi aparece como hijo de Giovanni, y es poco probable que el amanuense se equivocara. Por otra parte, «Giuseppe» era un nombre poco común en Florencia en el siglo XV, probablemente por la ambivalencia con la que la tradición popular juzgaba a San José, alguien a quien, en definitiva, le habían «puesto los cuernos» con Dios.36
Con una sola excepción, las fuentes concuerdan en que Rinaldeschi fue juzgado y colgado en el Palacio del Podestà. En uno de los relatos, que tendría su origen en los registros de los Neri y que ha llegado hasta nosotros en una copia del siglo XVII, se dice en cambio que Rinaleschi fue juzgado «al Tempio» [‘en el Templo’], que pidió ser colgado allí y que también allí mismo fue sepultado. Según los documentos contemporáneos, «il Tempio» era la forma en que se conocía a una de las dos iglesias asociadas con la Compagnia dei Neri: la iglesia de Santa Maria della Croce al Tempio, que era donde los Neri se reunían regularmente y que estaba ubicada al inicio de la Via de’ Malcontenti, en el camino que los condenados debían seguir hacia el cadalso (de ahí el nombre de «Via de’ Malcontenti» [‘calle de los amargados’]).37 También se conocía con el nombre de «il Tempio» un oratorio que se encontraba en un cementerio (cuyo mantenimiento estaba a cargo de los Neri), ubicado del otro lado de las murallas de la ciudad, cerca precisamente del cadalso, y donde los condenados recibían la extremaunción y la correspondiente cristiana sepultura (figura 15).38 Si bien la idea de que Rinaldeschi fuera sentenciado y ejecutado «al Tempio» es posible que se deba a un error del copista, la indicación de que Rinaldeschi fue enterrado «al Tempio» (dato que no aparece en ninguna otra fuente), refiriéndose así al cementerio y al oratorio que se encontraban extramuros, probablemente sea correcta: hipótesis que quedaría al menos en parte probada por la inscripción que observamos en el último panel de la pintura Stibbert, en el que se indica que Rinaldeschi fue «seppellito», y por cierto, el lugar más apropiado habría sido, sin duda, el cementerio de los Neri.
Bien es cierto que es más difícil comprender que, por un lado, en el libro de cuentas de la opera se afirme que no hubo ningún testigo que viera a Rinaldeschi llevar a cabo la profanación que tuvo lugar el día 11 de julio (doc. II), diez días antes de su arresto, mientras que, por otro lado, en el Diario de Landucci (doc.V) se sostenga, como ya hemos mencionado, que un niño había visto a un hombre profanar la pintura y que fue entonces, a partir de este testimonio, cuando las autoridades decidieron arrestar y condenar a muerte a Rinaldeschi el mismo 21 de julio. Aunque en el relato del códice Sanminiatese se dice que Rinaldeschi fue descubierto por un milagro de la Virgen, en realidad, teniendo en cuenta las fuentes que hemos consultado, no es nada fácil explicar cómo fue el proceso que terminó culpando a Rinaldeschi de la profanación. La fuente más cercana a los hechos, el registro parroquial del manuscrito Bancroft, dice claramente que desde que se cometió el delito hasta que Rinaldeschi fue arrestado pasaron diez días. En suma, no siendo improbable que el testimonio del niño terminara siendo decisivo para incriminar a Rinaldeschi, es más fácil imaginar que los agentes de los Otto di Guardia, gracias a los correspondientes interrogatorios entre los vecinos, terminaran descubriendo que Rinaldeschi había apostado y perdido en la cercana taberna «El Ficho» a la misma hora en la que se había producido la profanación.
Finalmente, existen algunas discrepancias acerca de la hora en que Rinaldeschi fue ajusticiado. La sentencia de los Otto di Guardia establecía que Rinaldeschi debía permanecer colgado hasta la hora decimocuarta del día siguiente, mientras que en los registros de Santa Maria degli Alberighi, donde no consta la hora de ejecución, se dice simplemente que Rinaldeschi permaneció colgado hasta la mañana del día siguiente. Según el códice Sanminiatese y uno de los registros de los Neri, Rinaldeschi fue colgado «all’ora una della notte»; según otro de los registros de los Neri, a la «ora seconda della notte del 21 luglio 1501»; según el Diario de Landucci, simplemente durante «la notte», y, «alla settima ora delle notte», según la pintura Stibbert, donde se puede ver a un hombre sosteniendo una antorcha desde una de las ventanas (figura 9), aunque antes, en el séptimo panel, se decía que había sido condenado «a 24 ore di notte» (figura 7). Debe recordarse que, por lo general, en la Italia del siglo XV el día estaba dividido en veinticuatro horas, comenzando media hora después del atardecer. Al mismo tiempo, en algunos casos el día estaba dividido en dos periodos, uno de doce horas diurnas y otro de doce horas nocturnas.39 Sea como fuere, recordando una vez más que es posible que las inscripciones en la pintura Stibbert hayan sido agregadas posteriormente, es del todo probable que Rinaldeschi fuera juzgado a última hora del día 21 de julio y que fuera, por tanto, también colgado esa misma noche. Según el sistema horario moderno, podemos conjeturar con cierto grado de precisión que Rinaldeschi habría sido juzgado y ajusticiado a las once de la noche del día 21 de julio o a las cuatro de la mañana del día 22 de julio, permaneciendo colgado hasta las once de la mañana de ese mismo día.40
En cuanto a Rinaldeschi, las fuentes que hemos consultado nos brindan una información más bien escasa. Sabemos, gracias a la pintura, por ejemplo, que era «nobile», y es verdad que sus ancestros pertenecieron a una familia de la nobleza de la ciudad de Prato.41 En la segunda mitad del siglo XIV algunos de los miembros de la familia Rinaldeschi se trasladaron a Florencia, donde construyeron un mausoleo en la iglesia de Santa Maria Novella, y una de las ramas de la familia adoptó el apellido más plebeyo «Naldini».42 Un tal Antonio Rinaldeschi, probablemente el nieto o sobrino de un tal Giovanni, vivió en Bolonia alrededor del año 1400, siendo posible entonces que estos fueran los ancestros directos de nuestro Antonio, cuyo padre, Giovanni, con toda seguridad se había establecido en Florencia antes de 1481.43
Sabemos gracias al testamento que Giovanni Rinaldeschi redactara el 5 de diciembre de 1499 en la enfermería de la Badia Fiorentina, que esta rama de los Rinaldeschi poseía una casa en la Via dell’Alloro, así como una tumba en la iglesia de Santa Maria Maggiore. Nuestro Antonio, que debía de tener al menos 30 años en el momento de los hechos aquí narrados, era hijo de la primera esposa de Giovanni, Alessandra, y tuvo varias medio hermanas gracias a dos matrimonios posteriores de su padre, uno con Bartolommea y otro con Angela. Ahora bien, sabemos también que debido a sus deudas Antonio estaba enfrentado con su padre, hasta tal punto que este, en su testamento, terminaría declarándolo «heredero indigno» (heredi inmerito).44 Una vez fallecido su padre, el 29 de marzo de 1500,45 Antonio inició una disputa legal por su herencia contra su madrastra Angela y sus medio hermanas. Al parecer se llegó a un acuerdo después de que Antonio interpusiera una demanda en la Corte del Podestà y una vez que estas, a su vez, le contrademandaran ante la Corte della Mercanzia.46
Aunque en la sentencia que dictaran los Otto di Guardia se diga que Antonio Rinaldeschi era «ciudadano florentino» (civis Florentinus), y en la pintura Stibbert aparezca, según Del Migliore (doc. X), vestido como un ciudadano de gran prestigio, su ascendencia provincial probablemente fuera un elemento que terminaría perjudicándole. No solo se trataba de que los Rinaldeschi hubieran dejado Prato para instalarse en Florencia hacía muy poco tiempo, sino de que además la abuela de Antonio era hija de un herrero de Empoli, ciudad donde la familia todavía tenía propiedades. Registros notariales de los años 1500 y 1501 permiten corroborar que Antonio ejerció en Florencia la abogacía, representando legalmente a una serie de personas de la periferia del Estado florentino: un mercenario de Cortona, un hombre y una mujer de Barga y un hombre de Montepulciano.47 Todo parece indicar, por tanto, que Antonio habría intentado convertirse en una suerte de intermediario ante algunos sectores provinciales, a quienes tal vez les habría hecho creer que tenía importantes relaciones en Florencia, o que, peor aún, pertenecía directamente a la clase dirigente florentina.
Como podemos ver, en cualquier caso, Antonio era un personaje de dudosa reputación. Esto podría explicar que ningún florentino quisiera ayudarle o intentara interceder en su nombre ante los Otto di Guardia. En uno de los documentos de la Compagnia dei Neri, como ya hemos mencionado, se le denomina «un gran bestemmiatore (e) battirore di Padre»; el autor del priorista Segaloni (doc. VII) afirma que Rinaldeschi padecía sífilis y lo llama «uomo bestiale» [‘hombre violento, cruel e inhumano’], mientras que Landucci afirma que era un jugador empedernido. De hecho, ninguna de las fuentes dice nada en su favor. La única posible excepción sería la compasión con la que su figura es tratada en los últimos paneles de la pintura Stibbert. Sin embargo, eran tantos los pecados que se le atribuían a Rinaldeschi (algunos, probablemente, fruto de la imaginación) que es del todo razonable suponer que se hubiera convertido en una suerte de un chivo expiatorio y que su ejecución terminara siendo algo así como un acto comunitario de purificación.48 Ahora bien, la cuestión que nos interesa señalar aquí es que, hasta donde sabemos, sin embargo, ninguno de los delitos por los que se acusaba a Rinaldeschi era de una gravedad tal como para merecer la pena de muerte, así como tampoco, por cierto, sus virtudes (más allá de su aparente arrepentimiento) fueron en lo absoluto suficientes como para atraer la intervención divina. Por lo tanto, no es nada sencillo entender por qué motivos Rinaldeschi fue finalmente ejecutado, ni tampoco, en realidad, la naturaleza del milagro y ni del culto que se desarrollaría posteriormente a la imagen que él profanara.
En este sentido, es importante destacar el papel jugado por los Otto di Guardia, una magistratura creada en 1378 inmediatamente después de la revuelta de los Ciompi, que tenía jurisdicción sobre conspiraciones, delitos de Estado, amenazas al orden público y delitos cometidos por los judíos.49 Durante el siglo XV sus facultades fueron creciendo en detrimento de otros organismos que se encargaban de la administración de justicia. De hecho, su progresivo aumento de poder generó el retroceso institucional de los tribunales de los tres «rectores» extranjeros invitados a dictar justicia en Florencia durante un plazo determinado (por lo general, seis meses): el Podestà, el Capitano del popolo y el Esecutore degli ordinamenti di giustizia [‘Ejecutor de las resoluciones judiciales’], organismo este último que fue abolido en el año 1435.50 Una ley florentina de 1478 describía con toda claridad el alcance de los plenos poderes que podían ejercer los Otto di Guardia:
Procedendo... et poi decidendo, sententiando et terminando in quel modo et forma che et chome liberamente vorranno et etiam sommariamente et de facto etiam senza exprimere in genere o in specie al delicto o cagione che gli muovessi a così fare et senza alcuna pruova di quello et sanza citatione et sanza observare alcuna altra solemnità di legge o statuti o ordini o consuetudine introdocta...51
[‘decidir, sentenciar y dar por concluidos [casos] de cualquier manera o forma, cómo y cuándo libremente lo deseen, incluso sumariamente y de facto, incluso sin mencionar general o específicamente el crimen cometido o las motivaciones, sin necesidad de prueba alguna y sin citar u observar ninguna solemnidad de la ley o estatutos u órdenes o costumbres’].
Naturalmente, al haberse convertido en un organismo estatal que iba acumulando cada vez más poder y discrecionalidad, se generó una fuerte polémica acerca de su verdadera naturaleza institucional. De hecho, hacia finales del siglo XV fueron cada vez más frecuentes las protestas acerca del carácter arbitrario de sus actividades. Sin embargo, bajo el régimen popular-republicano que se instaurara en 1494, la mayoría de los florentinos y hasta el propio Girolamo Savonarola consideraban que era más importante controlar a quienes ocupaban dicho organismo que intentar limitar sus facultades.52
En este sentido, es evidente que una de las características más notorias de la pintura Stibbert es cómo destaca explícitamente la autoridad y la eficiencia de los Otto di Guardia al investigar el caso, identificar al acusado y castigar a Rinaldeschi, mientras que por el contrario el Podestà aparece en un rol institucional secundario. Y no es extraño que esto fuera así, puesto que si bien Rinaldeschi fue arrestado por oficiales del Podestà, su juicio y ejecución también fueron llevados a cabo en el Palacio del Podestà, y fue, finalmente, el propio Podestà quien asumió los gastos de la celebración pública del día 22 de julio; en realidad la investigación y el enjuiciamiento de Rinaldeschi estuvieron a cargo de los Otto di Guardia. Todo esto quedaría confirmado al examinar el registro de sentencias, el «Liber condemnationum», del Podestà que estaba en servicio en ese momento, entre el 1 de abril y el 1 de octubre de 1501, Messer Monaldo de’ Fascioli di Orvieto.53 Aunque el escudo de armas personal de Fascioli, las espadas blancas cruzadas sobre un fondo rojo, aparezca tanto en la cubierta de este registro (figura 16) como en la pintura Stibbert en un escudo en la escena del arresto (figura 4), y en una pequeña bandera que se ve dentro del Bargello (figura 9), en el registro del Podestà no se hace ninguna mención del caso Rinaldeschi (probablemente porque el caso había quedado a cargo de los Otto di Guardia), permitiéndonos de ese modo constatar que Fascioli solía ocuparse fundamentalmente de demandas civiles: de hecho, durante los seis meses que ocupó el cargo una única vez se pronunció en un caso de pena capital, en el juicio contra un falsificador.
Para hacernos una idea de hasta qué punto el proceso de reducción de facultades que estaba sufriendo el Podestà era imparable, debemos recordar que menos de un año después del episodio Rinaldeschi, en abril de 1502, tanto el Podestà como el Capitano del popolo fueron abolidos y reemplazados por el Consiglio di Giustizia, un consejo formado por jueces que más tarde sería conocido como la «Ruota fiorentina» y que tendría competencia únicamente en asuntos civiles, pasando de esta manera toda la jurisdicción criminal a manos de los Otto di Guardia.54 Así pues, que los Otto di Guardia llevaran la iniciativa en el caso de Rinaldeschi no tiene nada de particularmente extraño. Sin embargo, también es verdad que las motivaciones y los intereses que provocaron que los Otto di Guardia se hicieran cargo del caso Rinaldeschi requieren, sin duda, un análisis más detallado.
1. Agradezco la colaboración del párroco Pere Carulla en la traducción de «tabernacle» o «street tabernacle» (en inglés) o «tabernacolo» o «finestra a tabernacolo» (en italiano). [N. del r.]
2. Siempre que se usen los términos Madonna (Señora), Nunziata, Annunziata (Anunciación), Nostra Signora o Nostra Donna se está haciendo referencia a la Virgen María de la tradición católica. [N. del r.]
3. Sobre el organismo estatal florentino Otto di Guardia e Balià (aquí Otto di Guardia), o también Signori Otto, realizaba funciones de policía. Véase, aquí, p. 34. [N. del r.]
4. Tribunal, Palacio de Justicia y cárcel de Florencia. También conocido como el Palazzo del Capitano. Véase aquí doc. II, p. 93 [N. del r.].
5. ASF, OGB, 120, fol. 128r-v, transcripto aquí en el doc. I.
6. ASF, OGB, 229, «Libro delle condanne», fol. 10v: «Antonio di Giovanni Rinaldeschi, addì 22 di luglio 1501 fu condannato che sia impichato alla finestra del Podestà, al libro 120, a carte 128. Finestra et forche». [N. del r.: ‘En el día de la fecha, 22 de julio de 1501, Antonio di Giovanni Rinasldeschi ha sido condenado a ser colgado de la ventana del Podestà, en el libro n.º 120, página 128. Ventana y horca’.] Con respecto a la anotación marginal, «paghò contanti», cf. Charles Dickens: Life and adventures of Martin Chuzzlewit, cap. 51 (Vida y aventuras de Martin Chuzzlewit, trad. cast. de M. Temprano García, Barcelona, Alba, 2017, p. 857), cuando con relación al asesinato de Jonas Chuzzlewit de Montague Tigg (alias Tigg Montague), se dice: «He has given his receipt in full – or had it forced from him rather». [N. del r.: ʿYa ha cobrado el recibo completo; o más bien, le han obligado a cobrarloʾ.]
7. Según su propietario (en 1901) y editor, Giuseppe Rondini, este manuscrito del siglo XIX es «probablemente una copia de un manuscrito más antiguo perteneciente a la Compagnia di Sant’Urbano». Confraternidad que estaba asociada con la Confraternidad de San Giovanni Decollato de San Miniato (lo que explica el nombre que Rondini le da al códice) en la realización de las tareas de asistencia a quienes eran condenados a muerte, y que también estaba vinculada a la Compagnia dei Neri de Florencia. Los registros fueron publicados en G. Rondini: «I giustiziati a Firenze (dal secolo XV al secolo XVIII)», Archivio storico italiano, 5.ª serie, 28, 1901, pp. 209-256, esp. 209, n. 2 (sobre el manuscrito), 222, n. 2 (sobre otras posibles fuentes), y pp. 225-226 (sobre Rinaldeschi). Este relato parece estar relacionado con las inscripciones que se pueden ver en la pintura Stibbert, a la que hace referencia Rondini, aunque incluye algunos otros detalles (que Rinaldeschi fue hallado gracias a un milagro de la Virgen y que fue ejecutado a la una de la madrugada) que no aparecen en otras fuentes. Rondini también asegura que el caso de Rinaldeschi fue publicado («fu data alla stampa») quizá haciendo referencia al más antiguo de los breves tratados que hemos podido consultar en Relazione della miracolosa immagine della SS. Annunziata, che si venera nella Chiesa della Madonna de’ Ricci de’ Cherici Regolari delle Scuole Pie (Florencia, 1718), ahora publicado en R. Tassi: Chiesa Madonna de’ Ricci (dedicata alla Vergine Annunziata). Dal Giubileo di Bonifacio VIII e di Dante al Giubileo d’inizio del Terzo millennio, Florencia, Pietro Chegai Editore, 1998, pp. 365-368, donde se mezclan varias fuentes contemporáneas. A. Zorzi («Le esecuzioni delle condanne a morte a Firenze nel tardo medioevo tra repressione penale e cerimoniale pubblico», en M. Miglio y G. Lombardi (eds.): Simbolo e realtà della vita urbana nel tardo medioevo, Manziana, Vecchiarelli, 1993, pp. 51-58) indica (en una separata en la p. 6, n. 21) la ubicación actual del Códice Sanminiatese en la Biblioteca Moreniana de Florencia, MS Palagi, 174. La versión que aparece en este códice posiblemente depende de la versión que ha sido publicada ahora en C. Fabbri: «E fece buona morte»: memorie sui condannati alla pena capitale a Firenze in due «libri neri» inediti del Settecento, Florencia, Aska, 2004, p. 75.
8. Véanse aquí los docs. III y IV. El doc. III ya había sido publicado con algunas variaciones en G. Richa: Notizie istoriche delle chiese fiorentine divisi nei suoi quartieri, Florencia, Pietro Gaetano Viviani [1754-1762], II, p. 133; C. Torricelli: La chiesa della Madonna de’ Ricci in Firenze: note storiche e artistiche, L. Stefani (ed.), Florencia, Lo Sprone, 1980, 2.ª ed., p. 13, y S. Y. Edgerton Jr.: Pictures and Punishment: Art and Criminal Prosecution during the Florentine Renaissance, Ithaca, Cornell University Press, 1985, p. 55, n. 40. El doc. IV fue copiado en 1637 de un libro que pertenecía a la Compagnia dei Neri. Una fotografía de una copia manuscrita tardía y algo imprecisa de la versión de 1637 fue publicada en Tassi: Chiesa Madonna de’ Ricci..., p. 373. Encontramos también otra transcripción del siglo XVII en F. L. Del Migliore: Firenze città nobilissima illustrata, Bolonia, Forni, 1684 (aquí en el doc. X). Según Del Migliore, que solo la nota relativa al caso Rinaldeschi sobreviviera al daño que sufriera el registro era una buena prueba del enfado de Cristo. Acerca de la Compagnia dei Neri, un «sub-grupo» de la Compagnia de Santa Maria della Croce al Tempio, que estuvo en actividad entre 1423 y 1785, véase F. Fineschi: «La rappresentazione della morte sul patibolo nella liturgia fiorentina della congregazione dei Neri», Archivio storico italiano, 150, 1992, pp. 805-846; Zorzi: Le esecuzioni..., pp. 51-58, y K. Eisenbichler: «Lorenzo de’ Medici and the Confraternity of the Blacks in Florence», Fides et Historia, 26, 1994, pp. 85-98 (esp. pp. 88-90). Nótese que según Zorzi: Le esecuzioni..., pp. 5-7 (separata), aún se conservan hasta 20 manuscritos con listas de giustiziati florentinos, todos derivados de los registros de los Neri.
9. Berkeley, Banc., MSS, 54. El libro pasó de manos alemanas a la colección de Henry R. Hatfield, que ha sido descrita en S. de Ricci y W. J. Wilson: Census of Medieval and Renaissance Manuscripts in the United States and Canada, 3 vols., Nueva York, H. W. Wilson Company, 1935-1940, vol. I, p. 10. Y fue adquirido finalmente por la University of California hacia 1950; cf. C. U. Faye y W. H. Bond: Supplement to the Census of Medieval and Renaissance Manuscripts in the United States and Canada, Nueva York, The Bibliographical Society of America, 1962, p. 2. Agradecemos la importante colaboración que nos brindó Anthony Bliss de la Bancroft Library. La descripción del caso Rinaldeschi aparece aquí en el doc. II. Es probable que sea este hijo de Giovanni Landi, quien es mencionado en Benvenuto Cellini: Opere, G. G. Ferrero (ed.), Turín, UTET, 1971, p. 94.
10. Estos otros dos registros (pertenecientes evidentemente a los libros de cuentas de la opera) aparecen citados por Richa: Notizie..., VIII, p. 237 («Lib. segnato ‘A,’ intitolato ‘Entrata, e Uscita dell’Oratorio [...] dal 1501 al 1540», del que Richa cita el fol. 140), y el VIII, pp. 249-250 («Libro di Ricordi scripto dal 1508 al 1540»). El pasaje citado del segundo de estos registros, en el VIII, pp. 249-250, deriva claramente de la «Narratione» que aparece en el primer registro de Berkeley en el fol. 131r, donde un escritor anónimo del siglo XVI afirmó (al final del folio) que este contenía el «primo richordo», es decir, el primer testimonio del caso Rinaldeschi.
11. Manuscrito oficial o privado en el que se anotaba el nombre de los cargos públicos de la ciudad, los priores, y los principales hechos que acaecían durante sus respectivos mandatos. [N. del r.]
12. APTPS, Reg. Dom., 505, SMR, 15, fol. 5r-v. Véase aquí doc. VII. El priorista del que probablemente se hiciera esta copia es ASF, Manoscritti, 226. Descrito en el inventario como el «Priorista fiorentino», perteneciente a un tal Francesco Segaloni, presuntamente familiar de Matteo Segaloni, quien se habría desempeñado como arquitecto en Florencia en la primera mitad del siglo XVII.
13. Luca Landucci: Diario fiorentino dal 1450 al 1516: continuato da un anonimo fino al 1542, I. del Badia (ed.), Florencia, Sansoni, 1883, pp. 233-234. La calidad de la traducción de A. de Rosen Jervis (Londres-Nueva York, 1927) es más bien baja. Veánse también Agostino Lapini: Diario fiorentino dal 252 al 1596, G. O. Corazzini (ed.), Florencia, Sansoni, 1900, p. 44, y Carlo Strozzi: «Raccolta di memorie, fondazioni e padronati di diverse chiese, monasteri, spedali, compagnie e simili», en ASF, Carte strozziane, ser. III, 233, fol. 130v. En el doc. VI publicamos el relato que aparece en la antología de Strozzi y que fuera citado en Eckstein: «Words and Deeds...», p. 16, n. 61.
14. Sobre esta pintura, véase L. G. Boccia, G. Cantelli y F. Maraini (eds.): Il Museo Stibbert a Firenze, vol. IV, Florencia, Cassa di risparmio, 1976, I, p. 32. El número de inventario es el 16.719.
15. G. Ortalli: La pittura infamante nei secoli XIII-XVI: «... pingatur in Palatio...», Roma, Jouvence, 1979; y Edgerton: Pictures..., pp. 71-73. En el grabado de la figura 12 puede verse uno de estos retratos en el Palacio del Podestà.
16. Véase Edgerton: Pictures..., p. 58: «The real subject of the panel [...] is not the hanging of Rinaldeschi but rather his redemption». [‘El tema central del panel [...] no es, en realidad, el ajusticiamiento de Rinaldeschi sino, en cambio, su redención’.]
17. La restauración fue realizada por Lucia Biondi (en el aspecto pictórico) y por Roberto Buda (en el soporte ligneo) bajo la supervisión de la Soprintendenza PSAE de Florencia (dependiente del Ministero per i beni e le attività culturali e del turismo. República de Italia).
18. Véase aquí el doc. X.
19. Compárese, por ejemplo, con la predela de las seis escenas de la profanación de la hostia de Paolo Uccello (1467-1468) que se encuentra en la Galleria Nazionale delle Marche, Urbino. Véase J. Pope- Hennessy: Paolo Uccello, Londres, Phaidon, 1969, 2.ª ed., pp. 156-157, figs. 87-92, y el conjunto de episodios de la vida de Santa Francesca Romana atribuído a Antoniazzo Romano en el monasterio de Tor de’ Specchi en Roma. Véase G. Kaftal: Iconography of the Saints in Central and South Italian Schools of Painting, Florencia, Le lettere, 1965, cols. 447-451, n.º 154. Para un marco más general sobre este tema, véase D. Kunzle: The Early Comic Strip: Narrative Strips and Picture Stories in European Broadsheets from c. 1450 to 1825, Berkeley-Los Ángeles, University of California Press, 1973, esp. pp. 26-27.
20. Véase el catálogo de la exposición de L. Collobi Ragghianti: La casa italiana nei secoli catalogo della mostra delle arti decorative in Italia dal Trecento all’Ottocento, Florencia, Studio italiano di storia dell’arte, 1948, p. 35, citado en Il Museo Stibbert..., IV, 1, p. 32; C. Ragghianti: «Fumetti del Rinascimento», Sele arte, 1, 5, 1953, pp. 62-63; La Nazione (12 de septiembre de 1984), p. 3; D. Gontard: «Santa Maria del Sacrilegio», FMR, edición italiana, 17, 9, 1991, pp. 117-132; G. Magherini y V. Biotti: L’Isola delle Stinche e i percorsi della follia a Firenze nei secoli XIV-XVIII, Florencia, Ponte alle Grazie, 1992, figs. 15-17; la nota de L. Burkart en Iconoclasme: vie et mort de l’image médiévale, París, Somogy éditions d’art, 2001, p. 112, y la nota de N. Pons en Firenze: alle origini dello «stile fiorentino», Tokyo, Cogito Inc, 2005, pp. 90-91. Pueden encontarse también algunas otras menciones en R. Trexler: Public Life in Renaissance Florence, Nueva York, Academic press, 1980, p. 22, y M. Boskovits: Immagini da meditare. Ricerche su dipinti di tema religioso nei secoli XII-XV, Milán, Vita e pensiero, 1994, p. 77, n. 12.
21. El BNCF, Nuovi acquisti, 987, que es una descripción de los cuatro grandes barrios en los que estaba divivida la ciudad desde la década de 1520, contiene en el fol. 133v la siguiente nota: «L’hostaria del Fico. Fàlla Giovanni et El Moretto. Tengono garzoni otto, et alla cucina stàvi quattro garzoni» (‘Hosteria «El Ficho». Atendida por Giovanni y El Moretto. Trabajan ocho empleados, y cuatro en la cocina’). Agradecemos a Elizabeth Pilliod esta referencia. En un libro publicado en 1698, según señala Del Migliore (Firenze..., p. 392), se puede leer: «Osteria del Fico [...] ancor’oggi si mantiene sotto il medesimo nome» (‘La hosteria el Fico [...] aún hoy sigue existiendo con el mismo nombre’).
22. Landucci: Diario..., pp. 233-234, y Tassi: Chiesa Madonna de’ Ricci..., p. 127, dice que la pintura fue vendida a finales del siglo XVIII, sin embargo, según el comentario de Del Badia la venta habría tenido lugar en una fecha posterior a 1883.
23. Con relación a la tradición del «Buen Ladrón», véase M. B. Merback: The Thief, the Cross and the Wheel: Pain and the Spectacle of Punishment in Medieval and Renaissance Europe, Chicago, University of Chicago Press, 1999, pp. 22-27 y ss.
24. Para la pintura de Filippino Lippi: San Pietro visitato in carcere da San Paolo. Véase U. Baldini y O. Casazza: The Brancacci Chapel Frescoes, Nueva York, Harry N. Abrams, 1992, p. 182.
25. Para la Cattura di Cristo e la preghiera nell’orto de Duccio di Buoninsegna [1308-1311], véase F. Deuchler: Duccio, Milán, Electa, 1984, pp. 211-212, y también pp. 87-88, figs. 98 y 100. Véase también, acerca de «La traición de Cristo» o «El beso de Judas», A. Derbes: Picturing the Passion in Late Medieval Italy: Narrative Painting, Franciscan Ideologies, and the Levant, Nueva York, CUP, 1996, pp. 35-71. Es interesante destacar que durante la reciente restauración de la pintura Stibbert se decidió remover una serpiente que aparecía en la higuera detrás de la mujer en el primer panel (figura 1), puesto que se determinó que no era original. La justificación para tomar esta decisión está en el hecho de que mientras que la mise en scène de la serpiente con la mujer y la higuera debería simbolizar el Pecado Original, la mujer de la pintura de Dolciati, a diferencia de Eva en el Edén, parece estar vestida. Por lo tanto, no se trataría de una escena alegórica que estaba pintada en una de las paredes de la taberna, sino de una situación real vivida en esta, que habría tenido efectivamente en su interior una higuera que le habría dado su nombre.
26. Ragghianti: Fumetti..., p. 62.
27. Sobre esta iglesia, véase aquí p. 63, n. 40.
28. Banc., MSS, 54, fols. 21r (24 de febrero 1501/2) y 23r (24 de marzo 1501/2), que aquí publicamos en el doc. VIII.
29. Las dimensiones del panel de Stibbert son: 102 x 115,5 cm.
30. Véase aquí pp. 67-70 y las figuras 26 y 27. Nótese que el rostro del ángel, en particular, guarda cierto parecido con los rostros de la pintura Stibbert.
31. Bien es verdad, teniendo en cuenta que ahora Sebregondi (veáse aquí p. 18, n. 5) la ubica «intorno al 1501», que la datación precisa debería ubicarse entre finales de 1501 y mediados de 1502.
32. Véase aquí p. 18, n. 5.
33. D. E. Colnaghi: Colnaghi’s Dictionary of Florentine Painters from the 13th to the 17th Centuries, introd. de Harold Acton, Mina Gregori, Piero Marchi y Carlo Malvan; C. Malvani (ed.), Florencia, Archivi Colnaghi, 1986, 2.ª ed., p. 89. ASF: Accademia del Disegno, 1, fol. 8v, en donde se puede ver el ingreso a la Compagnia di San Luca en 1460 de un tal «Filippo di Lorenzo di Filippo Dolciati, dipintore».
34. Richa: Notizie..., VIII, 237.
35. ASF: Manoscritti, 628, «Sepoltuario», p. 51 (Chiesa della Madonna de’ Ricci, anno 1609): «Tondo in marmo con suo chiusino e tassel’ simile anesso col d.to monumento. Simone di Piero di Lorenzo Dolciati e suorum, 1533» [N. del r.: ‘Arco en mármol con cubierta e interior similar, adjunto al mencionado monumento. Simone di Piero di Lorenzo Dolciati y los suyos, 1533’.]
36. Sobre San José, véase C. Klapisch-Zuber: «Zacharie, ou Le père évincé. Les rites nuptiaux toscans entre Giotto et le Concile de Trente», en id.: La maison et le nom. Stratégies et rituels dans l’Italie de la Renaissance, París, Éditions de l’École des Hautes Études en Sciences Sociales, 1990, pp. 151-183, esp. pp. 166-180, donde se demuestra que la Fiesta de San José comenzó a celebrarse recién a partir de 1508, y Carolyn C. Wilson: St. Joseph in Italian Renaissance Society and Art: New Directions and Interpretations, Filadelfia, Saint Joseph’s University Press, 2001. En el estudio de D. Herlihy («Tuscan Names, 1200-1530», Renaissance Quarterly, 41, 1988, pp. 561-582) no aparece mencionado el nombre «Giuseppe».
37. Eisenbichler: «Lorenzo de’ Medici...», p. 89 n. 21.
38. F. Fineschi (Cristo e Giuda: rituali di giustizia a Firenze in età moderna, Florencia, A. Bruschi, 1995, p. 41) proporciona un detalle de un mapa de Florencia circa 1470, el Mappa della Catena, en donde esta capilla viene denominada como «Il Tempio». Vale la pena mencionar que aún hoy en día en dicha zona la costanera (lungarno) se conoce como «lugarno del Tempio».
39. Véase F. Lehner: «Die mittelalterliche Tageseinteilung in den österreichischen Ländern», Quellenstudien aus dem historischen Seminar der Universität Innsbruck, 3, Innsbruck, Wagner, 1911, pp. 60-105, esp. 70, y H. Grotefend: Taschenbuch der Zeitrechnung des deutschen Mittelalters und der Neuzeit, Hanover-Leipzig, Hahnsche Buchhandlung, 1948, 8.ª 9.ª ed., p. 24. Véase, por ejemplo, sobre la hora de fallecimiento de Pío III en 1503, K. M. Setton: The Papacy and the Levant (1204-1571), 4 vols., Filadelfia, American Philosophical Society, 1976-1984, III, p. 7, n. 36. Véase también M. Quinlan-McGrath: «The Astrological Vault of the Villa Farnesina: Agostino Chigi’s Rising Sign», Journal of the Warburg and Courtauld Institutes, 47, 1984, pp. 91-105, p. 100, y I. D. Rowland: «The Birth Date of Agostino Chigi: Documentary Proof», Journal of the Warburg and Courtauld Institutes, 47, 1984, pp. 192-193 (esp. p. 193).
40. Esto también coincide con la inscripción «21 de julio de 1501» en el primer panel de la pintura Stibbert.
41. S. Raveggi: «Protagonisti e antagonisti nel libero Comune», en F. Braudel: Prato, Storia di una città, 4 vols., Florencia, Le monnier, 1991-1997, I: Ascesa e declino del centro medievale, G. Cherubini (ed.), parte 2, pp. 613-736 (esp. p. 709, n. 171), analiza las fortunas de familia Rinaldeschi en la primera mitad del siglo XIV y menciona a «Giovanni di Arrigaccio». Sobre los diferentes aspectos sociales de esta clase en el periodo poscomunal, véase C. Donati: L’idea di nobiltà in Italia, secoli XIV-XVII, Roma-Bari, Laterza, 1988, y C. Klapisch- Zuber: Retour à la cité: les magnats de Florence, 1340-1440, París, Ecole des hautes études en sciences sociales, 2006.
42. Agradecemos a Christiane Klapisch-Zuber (quien consultara los catasti florentinos que recopilaran ella misma y David Herlihy) la información relativa a la familia Rinaldeschi y a Anthony Molho (quien consultara el catasto de 1480 y los registros del Monte delle doti). El único Rinaldeschi que figura entre los ciudadanos que gozaban del derecho de ser elegidos para ocupar cargos públicos en el catasto de Florencia en 1427 es Rinaldo di Dego (ASF: Catasto, 77, fol. 324v), que había nacido en 1397 y cuyo primo, Francesco di Domenico (ASF, Catasto, 80, fol. 124r-v), junto a sus descendientes, llegando hasta 1517, aparece bajo el nombre «Naldini». El cambio de apellido fue probablemente para permitir que miembros de la familia pudieran ser comerciantes y estar cualificados para ocupar cargos públicos como populares, lo cual es confirmado por el «Priorista Mariani». ASF: Manoscritti, 252, V, fols. 1191r (Naldini) y 1199v-1200r (Rinaldeschi), que documenta cómo varios Rinaldeschi se trasladaban de Prato a Florencia en el siglo XIV. La cuestión es más complicada, sin embargo, debido a la existencia de una familia (aparentemente) no relacionada con los Rinaldeschi llamada Naldini, mencionada en E. Fiumi: Volterra e San Gimignano nel Medioevo, G. Pinto (ed.), San Gimignano, Cooperativa Nuovi quaderni, 1983, p. 226. Dos hombres llamados Rinaldeschi aparecen en el catasto de 1480 –Bartholomeo di Giovanni di Bindo (ASF: Catasto- Campione del Monte, 101, fol. 314r) y Biagio di Giovanni di Biagio (ibíd., 101, fol. 225r)–, pero no tenemos ningún elemento que nos permita probar su parentesco, si lo hubiera, con nuestro Antonio di Giovanni di Antonio. De acuerdo con el «Priorista Mariani», V, fol. 1191r, «Per esser stata poco numerosa in questo ramo, che venne in Firenze, si vedono in essa pochi godimenti di antichi magistrati» [‘Puesto que fueron muy pocos los miembros de esta rama de la familia que se trasladaron a Florencia, la familia llegó a ocupar muy pocos cargos públicos’].
43. Véase ASF: Carte del Bene, 49, en el que las cartas 139 (fechadas entre 1381 y 1382) y 224 (recomendando a un «nipote») fueron escritas por un tal Giovanni Rinaldeschi; y las cartas 297, 301, 304, 315, 319 y 320 (todas sin fechar pero posiblemente escritas alrededor de 1410) fueron escritas por un tal Antonio Rinaldeschi, que en ese entonces se encontraba en Bolonia. Acerca de la presencia en Florencia desde 1481 de Giovanni, padre de nuestro Antonio, véase la siguiente nota.
44. ASF: NA, 16795, ser Piero di Andrea da Campi, n.º 165, fols. 431r-432r (432r), publicado aquí en el doc. XI. Puesto que otra fuente (aquí doc. IV) llama a Antonio un «battitore di padre» (‘que le pegaba a su padre’), y el testamento no da más razones que expliquen los motivos por los cuales Giovanni se encontraba redactándolo en la enfermería, es posible por tanto que el testamento fuera redactado tras una pelea entre el padre y el hijo. Lucrezia, una hija de una esposa posterior, fue bautizada en Florencia el 1 de mayo de 1481 (Florencia, Archivio dell’Opera di Santa Maria del Fiore, Registri battesimali, 4, fol. 124v: «Lucretia et Iacopa di Giovanni de Antonio Rinaldeschi nacque a dì primo, hore 15»), con una dote registrada en el Monte delle doti, que cuando llegó a la madurez alzancó un valor de 364 florines, una cantidad muy inferior al promedio de 739 florines del periodo posterior a 1480; véase ASF: Monte, 3747, fol. 163, donde se señala que Lucrezia murió en 1499, y cf. la dote media descrita en A. Molho: Marriage Alliance in Late Medieval Florence, Cambridge, Mass., Harvard University Press, 1994, p. 157. Con respecto a esta costumbre de «invertir» en dotes, véase también aquí doc. XI.
45. La muerte fue registrada en ASF: Ufficiali della Grascia, «Libro nero de’ morti» (1457-1506), fol. 288v: «Giovanni d’Agnolo (sic) Rinaldeschi, riposto in Santa Maria maggiore. A’ dì 29». A juzgar por las disposiciones que se establecían en su testamento, Giovanni tenía una muy buena relación con sus hijas. También parece haber proporcionado algo de apoyo financiero a uno de sus yernos (véase ASF: NA, 16790, ser Piero di Andrea da Campi, fol. 39v [30 de diciembre de 1498]), a través de un acuerdo entre Giovanni del Magno y Giovanni Rinaldeschi.
46. El litigio es descrito en ASF: Mercanzia, 1577, páginas sin numerar (7 de septiembre de 1500). En su testamento, Giovanni había descontado las deudas de Antonio de su herencia, reservando la mayor parte de sus bienes para su tercera esposa, Angela, y para sus hijas. Antonio renunció a la herencia de su padre y reclamó sus derechos como légitimo heredero de la propiedad por la muerte de su madre, Alessandra. Al parecer, el 11 de noviembre de 1500 Antonio se encontró con uno de sus cuñados, Giovanni del Magno, en presencia de un notario, pues ambos aparecen como testigos de otro acto notarial, NA, 16790, fol. 231r. Varios días después, el 13 de noviembre de 1500, Antonio llegó a un acuerdo con sus hermanas y su madrastra, lo cual parece haber satisfecho sus pretensiones (ibíd., fols. 232r-233v; véase también ibíd., fol. 272r-v [6 de abril de 1501]); y en abril de 1501 también se resolvieron las reclamaciones sobre los bienes de la media hermana de Antonio, Antonia, y sus familiares, a través de la dote de la segunda esposa de Giovanni, Bartolomea (ibíd., fol. 272bisr [6 de abril de 1501]). El acuerdo de Antonia probablemente estaba relacionado con otro acto en el que ella aparecería inmediatamente después, ibíd., fol. 306v, redactado, casualmente, el 21 de julio de 1501, el mismo día del arresto de su medio hermano.
47. Sobre la abuela de Antonio, Antonia, véase ASF: NA, 16795, fol 431r. Acerca de las tierras de Empoli, véase ASF: NA, 19005, ins. 1, fol. 55v (1 de enero de 1495/6). En cuanto a Antonio como procurador, véase ASF: NA, 19005, ser Piero del Serra, ins. 1, fol. 86r-v (26 de abril de 1500); ibíd., fol. 87r-v (24 de mayo de 1500); ibíd., fol. 87r (2 de junio de 1500); ibíd., fol. 90v (17 de noviembre de 1500). Poco antes de su fallecimiento, Antonio sirvió como testigo en un acto notarial en el popolo de San Benedetto (NA, 9647, ser Giovanni di Marco da Romena, fol. 232r [3 de junio 1501]).
48. Cf, por ejemplo, con la rica tradición analizada en J. Bremmer: «Scapegoat Rituals in Ancient Greece», Harvard Studies in Classical Philology, 87, 1983, pp. 299-320.
49. Sobre los Otto di Guardia, véase G. Antonelli: «La magistratura degli Otto di Guardia a Firenze», Archivio storico italiano, 112, 1954, pp. 3-39; A. Zorzi: L’amministrazione della giustizia penale nella Repubblica fiorentina. Aspetti e problema, Florencia, L. S. Olschki, 1988, pp. 42-45, 50-53, 67-72 y 83-89, y J. K. Brackett: Criminal Justice and Crime in Late Renaissance Florence, 1537-1609, Cambridge, CUP, 1992, esp. pp. 8-21. Sus miembros eran normalmente elegidos para periodos de dos meses mediante un complicado proceso que combinaba votación y sorteo.
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